DEDUCCIONES DE LA VIVIENDA HABITUAL PARA EL 2013

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Hasta ahora todos los contribuyentes nos hemos podido desgravar nuestra hipoteca sobre la vivienda en las rentas, pero a partir del 1 de enero de 2013, y según el artículo 68.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre,   ya no se podrá aplicar esta deducción más habitual e importante en la declaración de la renta , «la deducción por inversión en vivienda habitual»  . No obstante, se establece un régimen transitorio para aquellos que hayan adquirido una vivienda antes de enero de este año, aunque la misma no se haya construido, lo importante es que la venta haya sido cerrada durante el año 2012.

De todas maneras en la Disposición Transitoria 18ª de la ley del IRPF se establece la aplicación de este beneficio hasta su desaparición definitiva, de esta manera podrán acceder a la deducción los contribuyentes que se encuentren en estos casos:

a) Los que hayan adquirido su vivienda habitual o que hayan satisfecho cantidades para su construcción con anterioridad al 1 de enero de 2013.

b) Los que hayan satisfecho cantidades por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, e incluso obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual para las personas con discapacidad antes del 1 de enero de 2013, siempre y cuando estén finalizadas antes del 1 de enero del 2017.

También se exige, que los contribuyentes hayan aplicado la deducción por la vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no se la hayan podido aplicar porque el importe invertido no haya superado el importe exento por re- inversión.

Para los contribuyentes que cumplan los requisitos previstos en la disposición transitoria, la deducción será igual a aplicar el 15% de la suma del capital amortizado, los intereses satisfechos y los gastos derivados de la financiación, si la cantidad fuera mayor a 9.040 €,  el límite a aplicar sería el 15% de los 9.040 euros , por lo tanto  el importe máximo a deducir sería 1.356 euros.

Tampoco se podrá seguir aplicando la compensación fiscal del 20% sobre los primeros 4.507,59 euros para aquellos contribuyentes que firmaron su hipoteca antes del 20 de enero de 2006.

El IVA de la vivienda también sube , de un 4% a un 10%.

En resumen, aunque los precios de las viviendas estén disminuyendo, tenemos también pocos beneficios para aplicarnos en nuestras rentas.

 

 

Fuente: Gestoria Gavà

 

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Gestora Administrativa Colegiada nº3612, un Máster en Gestión Administrativa y un Máster en Dirección Financiera y Contable de la Empresa, dispone de una amplia experiencia en la gestión de todo tipo de empresas. Experta financiera, contable y fiscal.

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